Ponencia de Kilómetro Cero ante la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales del Senado

Ponencia de Kilómetro Cero ante la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales del Senado

Ponencia que presentó Kilómetro Cero ante la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales del Senado de Puerto Rico en relación a la Resolución del Senado 209 que ordena a la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales del Senado realizar una investigación sobre legislación de derechos de igualdad humana, diversidad sobre la criminalización de manifestaciones públicas, el menoscabo de la libertad de prensa y para recomendar legislación.

Quienes presentamos este memorial explicativo, Mari Mari Narváez y el Dr. Luis A. Avilés, dirigimos los trabajos en Kilómetro Cero, una organización que aspira a un

Puerto Rico donde el Estado proteja la vida humana, las libertades y la dignidad, en la búsqueda de la seguridad pública para un país más justo y democrático. En Kilómetro Cero documentamos y analizamos el uso de fuerza de la Policía contra la ciudadanía desde una perspectiva salubrista y de derechos humanos. Nuestros análisis de política pública, fundamentados en datos estadísticos e información documental, abogan por una cultura de rendición de cuentas y de supervisión ciudadana en las Policías de Puerto Rico.

Esta comisión tiene el mandato de realizar una investigación con el fin de promover legislación para atender una serie de situaciones que menoscaban derechos humanos en asuntos de principios de igualdad humana, el derecho a la protesta, la libertad de prensa y el respeto a la diversidad. Nos agrada observar que la exposición de motivos de esta Resolución del Senado 209 reconoce que la Asamblea Legislativa es responsable por crear la política pública dirigida a reconocer, extender y proteger los derechos humanos y que tiene la prerrogativa de velar por el cumplimiento de la legislación vigente y atender situaciones de alto interés público a través de sus poderes investigativos. El peligroso giro hacia el autoritarismo experimentado en años recientes en Estados Unidos y que en Puerto Rico se observa en la impunidad con la que funciona el Negociado de la Policía y las policías municipales, en su creciente militarización y en la desproporción de sus asignaciones presupuestarias, hace que los trabajos de esta comisión cobren todavía más relevancia.

La agenda de reclamos de Kilómetro Cero es amplia y no pretendemos que esta Comisión los escuche en su totalidad hoy (vea Tabla 1). Acudimos aquí con el propósito de ofrecer información sobre dos asuntos específicos que caen bajo el mandato investigativo de la Resolución 209: las muertes por uso de fuerza policial y el menoscabo del derecho a la protesta y a la participación en manifestaciones públicas.

Las muertes por uso de fuerza policial incluyen muertes directas e indirectas de la acción policial, como las muertes por disparos de arma de reglamento, muertes bajo custodia de la policía, muertes por uso de dispositivo eléctrico (TASER), feminicidios íntimos ejecutados por policías, suicidios de policías y muertes por persecución vehicular.1, pág. 13 Las muertes por uso de fuerza policial son un indicador muy revelador de la violencia policial en general en cualquier país, dado que estas muertes representan la culminación máxima de esa violencia.

No hay manera de exagerar la importancia de que, en un país que aspira a ser democrático, la ciudadanía pueda expresar libremente sus desacuerdos contra el gobierno, sin temor a poner en riesgo su vida, su salud y su seguridad. Aquí insistimos, coartar el derecho a la protesta es un serio indicador de autoritarismo y es uno de los principales impedimentos hacia la vida democrática.

A continuación presentaremos muy someramente situaciones verdaderamente alarmantes que hemos documentado en nuestro trabajo investigativo y luego pasaremos a presentar tres cursos de acción que esta comisión podría tomar para evitar que surjan estas situaciones.

Reclamos de Kilómetro Cero

  1. Investigaciones administrativas de agentes de seguridad pública por una entidad
  2. Investigaciones criminales de agentes de seguridad pública por una fiscalía
  3. Radicación de cargos criminales contra agentes por uso de la fuerza, violan garantías constitucionales y ejecutan castigos
  4. Reducción significativa de los roles actuales de la Policía y de su presupuesto
  5. Legislación que regule el uso de fuerza de los agentes de la seguridad pública.
  6. Procesos rigurosos de supervisión del uso de fuerza en la Policía de Puerto Rico a nivel
  7. Transparencia absoluta y acceso a la información documental y estadística.
  8. Creación de un sistema de respuesta de emergencias (911) que NO envuelva automática y exclusivamente a la Policía.
  • En septiembre de 2019, Francisco E. Marrero Noa, de 35 años, y su pareja, fueron a un negocio en Bayamón luego de comprar sus anillos de boda. Allí, cuatro agentes de la Policía estatal compartían y tomaban tragos. El grupo de policías francos de servicio comenzó a mofarse de Francisco Marrero Noa cuando este tuvo un tropiezo. Se suscitó una confrontación y testigos alegan que los tres agentes varones le propinaron una paliza a Francisco dentro del Hay videos de la escena pero la fiscalía no los ha mostrado a la familia. Luego de la discusión, Francisco salió del local y se montó en su guagua. Alegadamente, le dio con el auto a un tiesto, y este impactó muy levemente, sin consecuencia alguna, a un contratista de la Policía que se encontraba afuera. Como respuesta, los agentes José Ortiz Merced y Enrique Feliciano Marrero abrieron fuego y ocho de los disparos impactaron a Francisco, matándolo al momento. Ambos agentes fueron rearmados a los pocos días de esta ejecución. Al sol de hoy, la fiscalía no ha presentado cargos criminales contra los agentes.

 

Éste es solo uno de muchos casos de muertes por uso de fuerza policial que hemos documentado en Km0 desde 2014 y en los cuales los agentes responsables permanecen en la absoluta impunidad.

Sobre estos casos es preciso señalar aquí varios asuntos. En Puerto Rico, el 43% de las víctimas fatales de disparos con el arma de reglamento de los policías, no portaba un arma de fuego,1, pág. 20 mientras que la cifra similar para Estados Unidos es 16%.2 La alta proporción de víctimas sin armas de fuego en Puerto Rico apunta a que es viable reducir la cantidad de muertes por uso de fuerza sin poner en riesgo la seguridad de oficiales de la Policía.

La Policía dirige su violencia letal de manera muy selectiva, siempre perjudicando más a los sectores socialmente desfavorecidos. La tasa de mortalidad por uso de fuerza policial en Puerto Rico es de 3.1 muertes por millón de habitantes. Sin embargo, esta tasa es mayor en vecindarios pobres (3.5) que en vecindarios no pobres (2.5). Las personas que viven en vecindarios racialmente mixtos y pobres, tienen una mortalidad de 4.8, lo que es más del doble de la mortalidad de quienes viven en vecindarios blancos y pobres.

Situaciones alarmantes:

Menoscabo del derecho a la protesta

 En el año 2020, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo adscrito a la Organización de Estados Americanos (OEA), declaró que la situación del derecho a la libertad de expresión en Puerto Rico era de las más alarmantes del hemisferio americano. Esto fue en su Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de 2019. Desde entonces, nada ha cambiado. Desde 2019, en Km0 hemos documentado al menos 111 casos de intervenciones policiales de uso de fuerza, violentas, discriminatorias o excesivas durante protestas o manifestaciones de expresión. En Puerto Rico, ya es práctica común que a la gente que protesta se le dispare a quemarropa con escopetas de balas de metal recubiertas de goma, se les golpee con macanas, se les arreste masivamente sin causa, se les coloque en vehículos sin identificación, se les amenace de muerte y no se tomen medidas disciplinarias contra estos agentes. Ni en uno solo de estos casos ha habido amonestación o medida disciplinaria alguna dentro de la Policía ni cargos criminales a nivel del Departamento de Justicia.

Curso de acción 1:

Establecer un cuerpo de supervisión civil de la Policía

 Actualmente existen cuerpos de supervisión civil (civilian oversight boards) en más de 200 ciudades o condados de Estados Unidos,3, pág. v y en cientos de países. Su misión es investigar querellas contra policías y acciones tales como el uso de fuerza letal. La motivación para crear estos cuerpos es sencilla: la Policía fracasa cuando le toca investigarse a sí misma y hace falta un cuerpo ajeno a la Policía que implante medidas para la debida rendición de cuentas. Tampoco es justo, ni efectivo, ni recomendable que la ciudadanía que se sienta violentada por la Policía tenga que acudir a la propia Uniformada a denunciar sus querellas y buscar remedios. Las investigaciones administrativas de la Policía deben estar dirigidas a mejorar sus ejecutorias ante la ciudadanía. Estos cuerpos externos e independientes pueden ser muy efectivos cuando su personal tiene el peritaje técnico, está debidamente adiestrado, tiene acceso a documentos oficiales y poderes de citación.4 Deben incorporar una robusta participación comunitaria y nutrirse de una perspectiva de derechos humanos. Es importante reconocer que los propios miembros de la Policía son los primeros en intentar sabotear estos cuerpos de supervisión civil.5 La organización National Association for Civilian Oversights Law Enforcement (www.nacole.org) tiene como misión apoyar y educar a aquellos gobiernos que se plantean la posibilidad de instaurar un cuerpo de supervisión civil y adiestra, educa y establece normas y estándares éticos para quienes trabajan en estos.

¿Por qué no seguir los ejemplos de Estados Unidos y establecer cuerpos de supervisión civil de la Policía? Quienes hoy integran esta Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales podrían someter legislación para crear un cuerpo de supervisión civil de la Policía, ya que el Negociado de la Policía tiene un largo historial de investigarse y exonerarse a sí mismo.

Curso de acción 2:

Crear una fiscalía especializada en delitos de agentes de seguridad pública

 Más allá de investigaciones administrativas, las agencias del Estado tienen el deber de procesar criminalmente a toda persona que incumpla con las leyes establecidas. Cuando son agentes de seguridad pública quienes no se adhieren a las leyes y a la Constitución, las investigaciones correspondientes deberían llevarse a cabo desde una fiscalía especializada o desde una División de Derechos Civiles como la que existió en el pasado en el Departamento de Justicia. Debido a que policías, fiscales y otro personal de las agencias de ley y orden colaboran cotidianamente en el trabajo de investigar y presentar cargos criminales, el desarrollo de vínculos profesionales necesariamente limita las intervenciones e investigaciones contra oficiales del orden público. Por ejemplo, en ocasiones el personal de fiscalía o de la judicatura puede tener cierta resistencia a creer que ciertos agentes policiales puedan incurrir en actos de violencia de género, debido a sus previos vínculos profesionales.

Además, la decisión de fiscalía de proceder contra un agresor policial depende en gran medida de la cooperación, informes, investigación y recopilación de pruebas de la propia Policía. Está ampliamente documentado que entre policías existe un código de silencio que refuerza la impunidad institucional de este gremio.6 Para erradicar la impunidad estructural de la Policía en materia de violencia de género, al igual que en la violencia policial en general, el Estado tiene que garantizar que se presenten cargos criminales a los agentes violan las políticas constitucionales de la agencia, ejecutan castigos ilegales, incurren en exceso de uso de fuerza contra la ciudadanía, exhiben negligencia crasa en el desempeño de sus funciones o cometen actos de violencia de género.

Quienes hoy integran esta Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Laborales podrían someter legislación para la creación de fiscalías especializadas en delitos cometidos por agentes de ley y orden. La propia Policía debía apoyar estos cuerpos de supervisión pues, cuando hay mecanismos transparentes e independientes de rendición de cuentas, la confianza de las comunidades en el trabajo policial aumenta significativamente. También, cuando las comunidades reconocen que los mecanismos de rendición de cuentas funcionan, se protege así a aquellos policías que cumplen con su labor y con su vocación y estos mismos denunciarán a aquellos agentes o supervisores que le fallan al país.

Curso de acción 3:

Eliminar la Unidad de Operaciones Tácticas del Negociado de la Policía (o plantear con datos si su costo jusifican sus acciones)

 ¿Puede alguien de quienes integran esta comisión especificar una sóla instancia en que la Unidad de Operaciones Tácticas del Negociado de la Policía haya salvado una vida? Los resultados de las acciones de la Unidad de Operaciones Tácticas, ¿justifican sus costos presupuestarios?

En tiempos en que se han implantado severas políticas de austeridad para pagar una deuda no auditada, esta Comisión debería hacer que el Negociado de la Policía rinda cuentas por los fondos gubernamentales asignados. Si la Asamblea Legislativa tiene el poder constitucional de investigar y fiscalizar a la rama ejecutiva, ¿qué más vamos a esperar para hacer que la Policía rinda cuentas?

El asunto de la Unidad de Operaciones Tácticas tal vez sea el elemento más visible de cómo los recursos presupuestarios se destinan a un cuerpo que sistemáticamente criminaliza acciones ciudadanas democráticas. Todo el país debería conocer cuál es el presupuesto destinado a la militarización de la Policía, a la compra de equipos antimotines, gases lacrimógenos, balas de de metal revestidas de goma y accesorios relacionados. También debería conocerse cuál es el presupuesto destinado a adiestramientos, así como el presupuesto asignado en sueldos y horas extras. No tenemos duda de que, de conocerse los costos del equipo y operación de la Unidad de Operaciones Tácticas, llevaría a múltiples sectores del país a exigir su eliminación.

La Policía de PR ha demostrado que, ni siquiera bajo reforma, es capaz de intervenir legal y adecuadamente con la ciudadanía, especialmente con los grupos más vulnerables. Sus esfuerzos deben concentrarse en las investigaciones criminales y esclarecimientos de casos y deben reducirse sus intervenciones con la ciudadanía. El aumento presupuestario de al menos 26% del Fondo General que se ha otorgado a Negociado de la Policía desde la llegada de la Junta de Control Fiscal, versus el 36% que se ha reducido, por ejemplo, a la Universidad de Puerto Rico,7 debe reinvertirse en el bienestar de nuestras comunidades más marginadas. En las sociedades modernas eso es lo único que se considera una verdadera medida de prevención del crimen.

Nuestra organización está disponible para dialogar con ustedes y profundizar en los hallazgos de nuestras investigaciones y en sus implicaciones de política pública.

Muchas gracias.

  1. Francisco Marrero Noa Avilés L, Mari Narváez M, et al. (2021). Licencia para matar: muertes por uso de fuerza policial en Puerto Rico, 2014-2020. Kilómetro Cero. Información adicional de está disponible en: https://www.kilometro0.org/ cuentame
  2. Lett E, Asabor EN, Corbin T & Boatright D. (2020). Racial inequity in fatal US police shootings, 2015– 2020. Journal of Epidemiology and Community Health. 75:394-397.
  3. Stephens DW, Scrivner E, & Cambareri (2018). Civilian Oversight of the Police in Major Cities. Washington, DC: Ofice of Community Oriented Policing Services.
  4.  De Angelis J, Rosenthal R & Buchner B. (2016). Civilian Oversight of Law Enforcement: Assesing the NACOLE (National Association for Civilian Oversights Law Enforcement Boards).
  5. Dungca & Abelson J. (2021, abril 27). When communities try to hold police accountable, law enforcement fights back. The Washington Post.
  6. Skolnick JH. (2002) Corruption and the blue code of silence. Police Practice and Research. 3(1):7-1
  7. Pérez L, Avilés L, Mari Narváez, et (2021). ¿País de policías o de estudiantes y universidades? Kilómetro Cero. Disponible en: https:// evidencialaviolencia.org/ wp-content/uploads/ 2021/10/Paliques4- compressed.pdf

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